La Inspección General de Justicia (IGJ) ha oficializado una nueva extensión para el régimen de moratoria destinado a la presentación de estados contables atrasados mediante la Resolución General 6/2026Esta medida prorroga el vencimiento para la regularización hasta el 31 de diciembre de 2026 e integra, de forma obligatoria y exclusiva, el nuevo sistema de presentación digital del organismoEsta guía técnica detalla los plazos, la metodología operativa para el cumplimiento de las obligaciones y la suspensión de procedimientos sumariales, proporcionando a profesionales y entidades una hoja de ruta clara para adaptarse a este proceso de modernización administrativa que elimina la presencialidad en las gestiones ante el registro

Introducción

En el marco de las políticas de modernización y simplificación administrativa, la Inspección General de Justicia ha dictado la Resolución General 6/2026, mediante la cual se prorroga el régimen de regularización de estados contables adeudados. Esta decisión responde a la necesidad de atender las dificultades manifestadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permitiendo que las entidades regularicen su situación registral y contable aprovechando la transición hacia sistemas de gestión totalmente digitales.

Extensión del Régimen de Moratoria

La norma prorroga el vencimiento del plazo estipulado en la Resolución General IGJ 4/25 hasta el 31 de diciembre de 2026. Este régimen permite regularizar la presentación de estados contables y documentación asociada mediante el pago de un único formulario, independientemente de la cantidad de ejercicios contables que se deban presentar.

Ampliación del Objeto

Se ha extendido la aplicación del régimen para incluir los estados contables y la documentación vinculada con cierre al 30 de junio de 2026.

Digitalización Obligatoria

A partir del 1 de julio de 2026, todas las presentaciones deberán realizarse exclusivamente a través del nuevo sistema de presentación digital habilitado en el sitio web oficial de la IGJ. Esto elimina la necesidad de concurrencia física, reduciendo costos operativos y tiempos de gestión

Suspensión de Procedimientos Sumariales

Hasta el 31 de diciembre de 2026, quedará suspendido el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimiento en la presentación de estados contables, a excepción de aquellos casos que deban ser instruidos por orden judicial.

Impacto Práctico

  • Para los profesionales: Se otorga un margen operativo adicional para organizar la carga de trabajo, considerando las diversas obligaciones tributarias y profesionales.

  • Para las entidades: Se brinda un respiro ante posibles sanciones administrativas, permitiendo regularizar el historial contable sin el peso de multas durante el periodo de suspensión.

  • Recomendación: Es fundamental familiarizarse con el nuevo sistema de carga electrónica antes de la fecha límite para evitar contratiempos operativos.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

  1. ¿Hasta cuándo tengo tiempo para presentar los balances adeudados? Hasta el 31 de diciembre de 2026.

  2. ¿Qué estados contables incluye la moratoria? Incluye los ejercicios adeudados y se ha extendido para alcanzar aquellos con cierre al 30 de junio de 2026.

  3. ¿Debo ir presencialmente a la IGJ? No, a partir del 1 de julio de 2026, las presentaciones deben realizarse por el sistema digital.

  4. ¿Se pueden iniciar sumarios durante este periodo? Están suspendidos, salvo disposición judicial en contrario.

  5. ¿Se requiere un formulario especial? Sí, el régimen sigue operando mediante el pago de un único formulario para todos los ejercicios pendientes.

Conclusiones

La Resolución General 6/2026, referida en el archivo aviso_343294.pdf, constituye una herramienta clave de alivio administrativo. Al combinar la extensión de plazos con la obligatoriedad del uso de canales digitales, la IGJ facilita el cumplimiento voluntario y acelera la modernización de la gestión registral.

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