ARCA implementa un plan de facilidades especial para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 30/06/2026, con adhesión habilitada hasta el 30/10/2026 .
Claves de la norma
✅ Qué cambió: Se habilita un plan de facilidades de pago de hasta 18 cuotas con una tasa de interés mensual fija del 2,75% y un pago a cuenta del 5% o 10% según el tipo de sujeto
. El régimen no contempla quita ni condonación de intereses resarcitorios, punitorios o sanciones, sino únicamente financiación para su regularización .✅ A quién alcanza:
Micro y Pequeñas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente
.Pequeños Contribuyentes caracterizados con el código "547" en el Sistema Registral
.Entidades sin fines de lucro (cooperativas, fundaciones, asociaciones, mutuales, iglesias, consorcios de propietarios)
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✅ Desde cuándo: Entra en vigencia el 15 de julio de 2026 (primer día hábil posterior a su publicación)
. El plazo para adherirse finaliza de forma improrrogable el 30 de octubre de 2026 .✅ Qué debe hacer el contribuyente: Consolidar sus deudas vencidas al 30 de junio de 2026 a través del servicio web "Mis Facilidades", abonar el pago a cuenta correspondiente y adherir al plan ingresando una CBU para el débito de las cuotas mensuales
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Impacto práctico
¿Qué debe hacer mañana el profesional?
El profesional debe relevar de forma urgente el estado de deuda de sus clientes MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro en el "Sistema de Cuentas Tributarias"
Posteriormente, se debe proyectar el plan evaluando que el pago a cuenta y cada cuota no sean inferiores a $50.000
Fuente normativa
Tipo de norma: Resolución General.
Número: 5875/2026 (RESOG-2026-5875-E-ARCA-ARCA)
. Fecha de publicación: 14/07/2026
. Organismo emisor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
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