✍️ Declaraciones juradas de empleadores con retenciones excedidas
Cuando en el ámbito profesional nos enfrentamos a un error en la confección de las declaraciones juradas de nuestros clientes empleadores, es fundamental saber cómo actuar para regularizar la situación fiscal ante el organismo. Específicamente, si al utilizar el servicio informático se declararon retenciones por un importe superior al que verdaderamente correspondía, el procedimiento exige la rectificación del período afectado.
Para solucionar este inconveniente, la normativa operativa indica que se debe confeccionar y presentar una declaración jurada rectificativa. En esta nueva presentación digital, el profesional deberá consignar de manera correcta los montos de las retenciones que debieron haberse incorporado originariamente, o en su defecto, en la última rectificativa previa.
Es importante tener presente que este ajuste en la determinación obligará a cumplir con el ingreso de los saldos pendientes:
- Diferencias de aportes y contribuciones: Corresponderá abonar la diferencia resultante en concepto de contribuciones patronales con destino a la seguridad social.
- Obra social: También se deberá cancelar la diferencia que surja para los fondos destinados al sistema de obras sociales.
De esta manera, utilizando el sistema habitual de confección, los colegas podrán subsanar los excesos declarados y evitar contingencias o diferencias en las cuentas tributarias de los empleadores.
Fuente: ABC de ARCA, consulta 7169506. Publicada por ARCA el 08/01/2025.
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