Abrogación del régimen de retención de contribuciones patronales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dispuso la derogación del régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales a cargo de las empresas de servicios eventuales, debido a las modificaciones introducidas por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y el Decreto N° 407/26.

  • Qué establece la norma: La abrogación de las Resoluciones Generales Nros. 3.983 (DGI) y su modificatoria, y 4.003 (DGI), que regulaban el régimen de retención a cargo de las empresas usuarias.
  • A quiénes alcanza: A las empresas de servicios eventuales y a las empresas usuarias del personal suministrado.
  • Vigencia y fechas clave: La resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 20/10/2026.
  • Puntos a tener en cuenta en la práctica: Queda sin efecto la obligación de las empresas usuarias de actuar como agentes de retención sobre los importes facturados en concepto de remuneraciones del personal suministrado, dado que las empresas de servicios eventuales abonarán en forma directa las obligaciones de la seguridad social.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.

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