Qué establece la norma
La norma modifica la Resolución General N° 3.693 e incorpora una nueva funcionalidad denominada “Recibo Asistido” dentro del servicio “Personal de Casas Particulares”. Esta herramienta asiste al empleador calculando de forma automática determinados conceptos que integran la liquidación de haberes en función de las bases informáticas del organismo y los datos suministrados.
Asimismo, actualiza disposiciones relativas al régimen de aportes voluntarios de los trabajadores y ratifica la obligatoriedad de la emisión electrónica del recibo de sueldo.
A quiénes alcanza
La medida alcanza a:
- Empleadores de trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
- Trabajadores activos del mismo régimen.
Vigencia y fechas clave
La resolución entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Puntos a tener en cuenta en la práctica
- El empleador debe ingresar al servicio con Clave Fiscal (Nivel de Seguridad 2 o superior).
- El sistema exhibirá un cálculo automático que el empleador podrá aceptar o rechazar. Si lo rechaza, deberá editar el campo manualmente.
- Se pueden incorporar conceptos adicionales y descuentos mediante un menú desplegable con ítems predefinidos.
- El uso del cálculo automático no exime al empleador de la responsabilidad de rectificar importes o informar la totalidad de los conceptos liquidados.
- Si el pago se realiza en efectivo o el trabajador lo requiere, el recibo electrónico debe imprimirse por duplicado y ser firmado por el trabajador en conformidad.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.
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