La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha oficializado la implementación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido por el Título XXII de la Ley N° 27.802. Este esquema busca regularizar relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026, ya sean no registradas o deficientemente registradas, mediante un sistema de condonación de deuda y facilidades de pago. Los empleadores podrán acceder a beneficios significativos en aportes y contribuciones, siempre que cumplan con los requisitos de presentación hasta el 28 de noviembre de 2026. Este informe detalla las claves, alícuotas y el procedimiento operativo necesario para aprovechar esta ventana de regularización laboral.



El mercado laboral argentino enfrenta un nuevo escenario de regularización tras la promulgación de la Ley de Modernización Laboral. La Resolución General 5862/2026 define los aspectos prácticos para que los empleadores del sector privado puedan sanear sus registros. La relevancia de esta norma radica no solo en la condonación parcial de deuda histórica, sino en la seguridad jurídica que brinda al empleador al normalizar la situación de sus dependientes, evitando futuras contingencias indemnizatorias y multas.

Sujetos alcanzados y exclusiones

El régimen está destinado a empleadores del sector privado. Quedan excluidas las relaciones laborales del Sector Público, conforme al artículo 8° de la Ley N° 24.156. Es importante notar que quienes hayan adherido previamente al régimen de la Ley N° 27.742 no podrán optar por este nuevo beneficio por los mismos trabajadores.

Beneficios de condonación

La norma establece una condonación de capital e intereses de los subsistemas de seguridad social, segmentada según el tipo de empleador:

  • Micro y Pequeñas Empresas y entidades sin fines de lucro: 90% de condonación.
  • Medianas Empresas (Tramos 1 y 2): 80% de condonación
  • Demás empleadores: 70% de condonación.

Además, se condona la totalidad de la deuda correspondiente a la Ley de Riesgos del Trabajo, Seguro Nacional del Seguro de Salud y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

Modalidades de cancelación de la deuda no condonada

Para la deuda restante, existen dos caminos:

  1. Pago al contado: Con una reducción adicional del 50% sobre el saldo remanente.

  2. Plan de facilidades de pago: Con cuotas que varían según el contribuyente (hasta 72 cuotas para MiPyMEs) y una tasa de interés de financiación del 1% mensual

Jurisprudencia y Doctrina Aplicable

Aunque la norma es reciente, se fundamenta en la capacidad reglamentaria del ARCA derivada del Decreto 409/2026. Históricamente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha sostenido la validez de los regímenes de regularización siempre que el objetivo sea la protección del trabajador y la formalización, respetando la igualdad ante la ley.

Impacto Práctico

Para el profesional en ciencias económicas, el principal desafío reside en la correcta categorización dentro del "Sistema Registral" y la actualización del SICOSS (versión 47, release 8) para períodos anteriores a febrero de 2007. La falta de pago de cuotas del plan puede derivar en la caducidad de pleno derecho y la pérdida de los beneficios.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

  • ¿Hasta cuándo puedo adherir? La fecha límite es el 28 de noviembre de 2026.

  • ¿Qué sucede si ya regularicé por la Ley 27.742? No podés volver a incluir a los mismos trabajadores en este régimen.

  • ¿Cuál es el monto mínimo de cuota? El importe mínimo es de $50.000.

  • ¿Aplica a empleados públicos? No, están excluidos.

  • ¿Qué tasa de interés tiene el plan de pagos? El interés de financiación es del 1% mensual.

Conclusiones

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado constituye una herramienta fundamental para la sostenibilidad de las empresas argentinas. La correcta aplicación de los beneficios exige una revisión minuciosa de las declaraciones juradas y el cumplimiento estricto de los plazos.

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