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Modalidades de cancelación de obligaciones

Al momento de abonar el saldo resultante de las declaraciones juradas correspondientes a los recursos de la seguridad social y obligaciones impositivas de tus comitentes, contás con dos metodologías principales habilitadas en el sistema.

  • Volante Electrónico de Pagos (VEP): Permite generar el volante para su posterior cancelación a través de las entidades bancarias habilitadas que operan con este medio.
  • Billetera Electrónica: Una alternativa ágil para cancelar los montos adeudados directamente con fondos acreditados previamente.

Es importante recordar que podés consultar el detalle de las entidades bancarias operativas para los VEPs y guías específicas para fondear y operar mediante la Billetera Electrónica dentro de los sistemas habilitados.


Fuente: ABC de ARCA, consulta 509758. Publicada por ARCA el 08/01/2025.

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