✍️ Comentario práctico
ARCA oficializó la prórroga que reclamaba la profesión.
Qué establece la norma
La Resolución General 5918/2026 establece una extensión en el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.
A quiénes alcanza
A las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en la Resolución General N° 5.692, su modificatoria y complementarias, tanto responsables del régimen general como adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Vigencia y fechas clave
La norma entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Puntos a tener en cuenta en la práctica
- Presentación: Se extiende el vencimiento para la presentación de la declaración jurada hasta el 16 de noviembre de 2026.
- Pago: Se mantiene sin cambios la fecha de pago del saldo resultante, operada el 27 de julio de 2026.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.
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