✍️ Comentario práctico

ARCA oficializó la prórroga que reclamaba la profesión.

Qué establece la norma

La Resolución General 5918/2026 establece una extensión en el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.

A quiénes alcanza

A las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en la Resolución General N° 5.692, su modificatoria y complementarias, tanto responsables del régimen general como adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Vigencia y fechas clave

La norma entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Puntos a tener en cuenta en la práctica

  • Presentación: Se extiende el vencimiento para la presentación de la declaración jurada hasta el 16 de noviembre de 2026.
  • Pago: Se mantiene sin cambios la fecha de pago del saldo resultante, operada el 27 de julio de 2026.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.

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