✍️ Comentario práctico

En línea con las medidas de alivio fiscal recientes, ARCA extiende el plazo de adhesión al régimen especial de facilidades de pago de la RG 5875 y corre la fecha de corte de las deudas incluidas. La norma sale junto con la RG 5923, que prorroga la suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares hasta la misma fecha. El objetivo es dar margen hasta mediados de 2027 a quien arrastra deuda reciente.

Qué establece la norma

La Resolución General 5924/2026 modifica la RG 5875/2026 en dos puntos:

  • Fecha de corte: se pueden incluir obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31/10/2026 inclusive (antes, hasta el 30/06/2026).
  • Plazo de adhesión: se extiende hasta el 30/06/2027 inclusive (antes, hasta el 30/12/2026, según la prórroga de la RG 5920).

A quiénes alcanza

  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs).
  • Pequeños contribuyentes.
  • Entidades sin fines de lucro.

Vigencia y fechas clave

La norma rige desde su publicación en el Boletín Oficial, el 05/11/2026.

  • 16/11/2026: "Mis Facilidades" habilita la carga de obligaciones vencidas al 31/10/2026.
  • 30/06/2027: fecha límite para el acogimiento.

Puntos a tener en cuenta en la práctica

  • El régimen sigue comprendiendo obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, con sus multas. La novedad es que ahora entran las vencidas entre el 01/07/2026 y el 31/10/2026.
  • Aunque la norma ya está vigente, entre el 05/11 y el 15/11 el sistema todavía no permite cargar esas deudas nuevas. Conviene esperar al 16/11 para armar el plan con toda la deuda.
  • La adhesión se hace en "Mis Facilidades", opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026".

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina