✍️ Comentario práctico

Por fin se hicieron eco de la realidad de las Pymes, un a realidad necesaria pero todavía insuficiente.

Sería importante ampliar el rango de beneficiados. Pero por ahora ese es necesario.

Aunque las formas limitantes, la caractrización indispensable, parece un requisito innecesario.

Qué establece la norma

La Resolución General 5923/2026 prorroga hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares por parte de ARCA.

A quiénes alcanza

  • Entidades sin fines de lucro (registradas ante ARCA al 29/10/2026).
  • Contribuyentes del sector salud.
  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente al 29/10/2026.
  • Personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas como "Pequeño Contribuyente" (código 547) en el Sistema Registral.

Vigencia y fechas clave

La norma entra en vigencia el 05/11/2026. La suspensión de ejecuciones y medidas cautelares se extiende hasta el 30/06/2027.

Puntos a tener en cuenta en la práctica

  • La medida no impide el ejercicio de facultades de ARCA en casos de grave afectación a los intereses del Fisco, prescripción inminente o caducidad de instancia.
  • Para las MiPyMEs, es requisito indispensable contar con la caracterización correspondiente en el Sistema Registral.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.

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