Qué establece la norma

Se establece que las entidades financieras comprendidas en el Artículo 2° de la Ley N° 21.526 y sus modificaciones que no revistan el carácter de "empresas grandes" según las actualizaciones de ARCA, quedan excluidas como sujetos obligados al Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs creado por la Ley N° 27.440.

A quiénes alcanza

La medida alcanza a:

  • Entidades financieras comprendidas en el Artículo 2° de la Ley N° 21.526 y sus modificaciones.
  • Aquellas entidades que no posean el carácter de "empresa grandes" conforme las disposiciones de la Resolución General N° 4.367 de la ex AFIP.

Vigencia y fechas clave

La norma entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Puntos a tener en cuenta en la práctica

  • La exclusión opera a partir del momento en que resulte exigible la emisión de comprobantes electrónicos para estas entidades conforme el cronograma de la Resolución General N° 5.866 de ARCA.
  • La medida busca evitar desvirtuar la finalidad comercial del régimen de factura de crédito frente a la reciente incorporación de las entidades financieras al régimen general de emisión de comprobantes.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.

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